La circular emitida por la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago (aplazamiento de impuestos), no se aplica a las deudas de los deudores, (valga la redundancia), en situación de concurso acreedores, que ya tienen sus propias instrucciones (Instrucción 6/2013).
Lo que se, “pretende” en esta ocasión, a través de la Instrucción 4/2014, de 9 de diciembre de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, es dar una serie de pautas de actuación en relación a la solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de pago de los impuestos.
Se trata de homogeneizar y coordinar los criterios de actuación y la resolución de las solicitudes presentadas por los contribuyentes.
Es aplicable a las solicitudes presentadas a partir del día 1 de enero de 2015.