Nuevas instrucciones en la solicitud de aplazamiento de impuestos. Fraccionamientos de pago

Aplazamiento Impuestos Fraccionamiento Pago
La noria de los Impuestos

La cir­cu­lar emi­ti­da por la Direc­to­ra del Depar­ta­men­to de Recau­da­ción de la Agen­cia Esta­tal de la Admi­nis­tra­ción Tri­bu­ta­ria sobre ges­tión de apla­za­mien­tos y frac­cio­na­mien­tos de pago (apla­za­mien­to de impues­tos), no se apli­ca a las deu­das de los deu­do­res, (val­ga la redun­dan­cia), en situa­ción de con­cur­so acree­do­res, que ya tie­nen sus pro­pias ins­truc­cio­nes (Ins­truc­ción 6/​2013).

Lo que se, “pre­ten­de” en esta oca­sión, a tra­vés de la Ins­truc­ción 4/​2014, de 9 de diciem­bre de la Direc­to­ra del Depar­ta­men­to de Recau­da­ción de la Agen­cia Esta­tal de Admi­nis­tra­ción Tri­bu­ta­ria, es dar una serie de pau­tas de actua­ción en rela­ción a la soli­ci­tud de apla­za­mien­tos y frac­cio­na­mien­tos de pago de los impuestos.
Se tra­ta de homo­ge­nei­zar y coor­di­nar los cri­te­rios de actua­ción y la reso­lu­ción de las soli­ci­tu­des pre­sen­ta­das por los contribuyentes.
Es apli­ca­ble a las soli­ci­tu­des pre­sen­ta­das a par­tir del día 1 de enero de 2015.

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