El SWAP o contrato de permuta financiera de intereses es un acuerdo entre dos partes para intercambiar los flujos de pagos en concepto de intereses derivados de una operación financiera sobre un importe principal teórico y durante un periodo de tiempo determinado.
El SWAP es un instrumento fi
nanciero de los llamados DERIVADOS, al componerse de la suma de instrumentos financieros simples.
La finalidad de los SWAPS son:
- Suavizar las oscilaciones de los tipos de interés.
- Reducir el riesgo de los créditos.
- Disminuir los riesgos de liquidez.
No debe olvidarse la utilidad como instrumento de ESPECULACIÓN para aprovechar las oscilaciones en los tipos de interés.
El SWAP es un instrumento financiero muy complejo, que no es aconsejable para inversores CONSERVADORES, ni aquellos inversores que no tengan conocimientos amplios en materia financiera.
¿Se puede recuperar el dinero perdido?
Usted puede recuperar su dinero invertido perdido si se ha visto afectado por los “SWAPS”, interponiendo la correspondiente demanda judicial.
Nosotros le aconsejamos que RECURRA SU CONTRATO SWAP. Solo a través de la reclamación judicial podrá recuperar el dinero perdido.
El TRIBUNAL SUPREMO, en sentencia número 563/2015, de 15 de octubre, anula un SWAPS del banco Santander, y manifiesta que “En los contratos de SWAP, la falta de información suficiente sobre los riesgos asociados al producto, permite presumir el error. La información que el banco presenta, como supuestamente explicativa, resulta incomprensible para un cliente no experto”.
En la citada sentencia el
TRIBUNAL SUPREMO confirma su reiterada doctrina sobre el incumplimiento de los deberes de información, el error sustancial en el objeto del contrato, la información que el banco ha suministrado y las advertencias sobre los riesgos asociados a los instrumentos financieros (
artículo 79 bis 3 Ley del Mercado de Valores), el requisito de excusabilidad del error, y la omisión del test que debía recoger la valoración de la conveniencia de la operación en atención a los intereses del cliente minorista que contrata el swap.
Ya en el 2019, el Tribunal Supremo vuellve a reiterar jurisprudencia, anula un contrato SWAP por defedcto de información. Tribunal Supremo Sala 1 Nº de Resolución: 557/2019. Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS Nº Recurso: 2004/2017 Fecha: 23/10/2019. SWAP. DEFECTO DE INFORMACIÓN.
En ABOGADOS EN RED llevamos años reclamando SWAPS y contamos con numerosas sentencias a nuestro favor, contamos con abogados especialistas en reclamaciones bancarias. Aportamos peritajes de economistas, a los procedimientos, lo que favorece una resolución favorable a los intereses de nuestros clientes.
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